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Convocatoria elecciones 2024
CONVOCATORIA ELECCIONES
De conformidad con los Estatutos del Colegio, publicados en el BOCYL. Número 179 de 13 de septiembre de 2024, en el presente ejercicio se debe llevar a cabo la renovación parcial de la Junta de Gobierno, en particular los cargos de DECANO/A, SECRETARIO/A; TESORERO/A; DIPUTADO/A 4º, DIPUTADO/A 5º.
Igualmente, al haber indicado la DIPUTADA 3ª, su voluntad de no continuar en la Junta tras las elecciones, también se convoca la provisión de este puesto por el plazo que resta para completar su mandato (dos años).
En consecuencia, y de conformidad con los preceptos legales vigentes, la Junta de Gobierno ha acordado el día 24 de octubre de 2024 convocar las elecciones reglamentarias para la provisión de los cargos vacantes, señalando para su celebración la fecha del lunes, día 2 de diciembre de 2024, desde las 9:30 de la mañana hasta las 15:00 horas.
El desarrollo de las elecciones está sujeto a las siguiente NORMAS
1. Sufragio Activo. Tienen derecho al voto todos los colegiados y colegiadas ejercientes y no ejercientes con más de tres meses de antigüedad a fecha de convocatoria (24 de octubre de 2024).
2. Las listas de electores están expuestas en la Secretaría desde el día 25 de octubre de 2024, pudiendo formularse reclamaciones durante los cinco días siguientes (hasta el 30 de octubre de 2024) que serían resueltas por la Junta de Gobierno en los tres días siguientes a la expiración del plazo para formularlas.
3. La presentación de candidaturas finalizará el 14 de noviembre de 2024, a las catorce horas, debiendo presentarse en la Secretaría del Colegio.
Dichas candidaturas podrán ser conjuntas para varios cargos o individuales para cargos determinados, debiendo ser suscritas exclusivamente por los propios candidatos o candidatas. Ningún colegiado podrá presentarse candidato a más de un cargo.
4. Sufragio Pasivo. Requisitos. De acuerdo con lo establecido en el Art. 19 de los Estatutos Colegiales, no podrán formar parte de la Junta de Gobierno a la fecha de la convocatoria:
A. Los colegiados/as que hayan sido condenados por sentencia firme, que lleve aparejada la inhabilitación o suspensión para cargos públicos o el ejercicio de la profesión, en tanto subsistan.
B. Los colegiados/as a quienes se haya sancionado disciplinariamente por
resolución administrativa firme, mientras no hayan sido rehabilitados.
C. Los miembros de los órganos rectores de otro colegio profesional.
D. Los colegiados/as que no estén al corriente en el pago de las cuotas corporativas.
Además de los anteriores requisitos, el candidato a decano y los demás de la Junta de gobierno para poder ser elegidos habrá de tener la condición de colegiado/a ejerciente residente en el Colegio de Salamanca
5. Voto por correo: Establece el art. 35.3 de los Estatutos del Colegio que se podrá emitir el voto por correo de acuerdo con las siguientes normas:
A) Los colegiados y colegiadas que quieran ejercer el voto por correo deberán solicitar en la Secretaría del Colegio de Abogados, con quince días de antelación como mínimo a la fecha de la votación (hasta el día 14 de noviembre de 2024) la certificación que acredite estar incluidos en el censo electoral, lo que podrá hacerse por comparecencia personal o por escrito dirigido a la Secretaria del Colegio, firmado por el solicitante y acompañando una fotocopia de su D.N.I.
La Secretaría registrará la petición de voto y tomará nota en el censo para que el día de las elecciones no se ejerza el derecho de voto personalmente.
La Secretaría enviará la certificación solicitada por correo certificado al domicilio del colegiado que figure en su expediente personal o en el expresamente designado en la petición, junto con el sobre y papeleta que deben emplearse en la votación.
B) La emisión del voto deberá efectuarse de la siguiente forma:
I. El colegiado introducirá la papeleta en el sobre remitido.
II. Dicho sobre, una vez cerrado, se introducirá junto con la certificación acreditativa expedida previamente por quien ostente la Secretaría del Colegio de estar el votante incluido en el censo electoral y la fotocopia del D.N.I., en otro sobre que se remitirá por correo certificado o mediante servicio de mensajería, a la sede del Colegio de Abogados de Salamanca con la indicación de «Elecciones 2024».
III. Únicamente se admitirán aquellos sobres que lleguen al Colegio antes de la hora fijada como límite para la emisión de votos (las 15:00 horas del día 2 de diciembre de 2024).
IV. Los votos por correo deberán dirigirse a la Secretaria de la Junta de Gobierno que se hará cargo de su custodia hasta el momento de su entrega al presidente de la Mesa el día de la votación.
C) Una vez finalizada la votación presencial, el presidente de la Mesa procederá a introducir los votos emitidos por correo en la urna correspondiente. Se procederá en primer lugar a la apertura de la urna con los votos recibidos por correo, procediendo a comprobar los datos del elector y los requisitos exigidos, introduciendo el sobre cerrado con la papeleta en la urna correspondiente, según se trate de ejerciente o no ejerciente.
D) Se declararán nulos los votos por correo que no cumplan estrictamente la normativa prevista en los estatutos colegiales.
E) Los colegiados que soliciten votar por correo no podrán votar personalmente.
La Mesa Electoral se constituirá en la Biblioteca del Colegio a las 9:30 de la mañana del día 2 de diciembre de 2024, comenzando a tal hora la votación, que finalizará a las 15:00 horas. A esta hora se cerrarán las puertas y solo podrán votar los colegiados que estuvieren dentro de la sala, los interventores y los integrantes de la mesa, que votarán en último lugar. Una vez que se hayan introducido los votos por correo en su urna, se procederá seguidamente al escrutinio, que será público, leyéndose en voz alta todas las papeletas. La presidencia anunciará el resultado y proclamará los elegidos.
6. La emisión del voto habrá de efectuarse en forma personal, con presencia del colegiado que desee ejercer este derecho ante la Mesa (que deberá presentar acreditación identificativa), durante las horas señaladas al efecto, o mediante Voto por correo, recibido en el colegio antes de las 15:00 horas del día 2 de diciembre de 2024
7. Conforme a lo establecido en el Art. 38 de los Estatutos del Colegio, todos los plazos señalados para el procedimiento electoral, con la excepción de los señalados para los recursos, se computan por días naturales.
8. Las personas candidatas proclamas electas tomarán posesión en acto solemne celebrado en los quince siguientes a la elección.
9. De conformidad con el Art. 37 de los Estatutos, las reclamaciones que se interpongan contra este proceso se resolverán por la Junta de Gobierno y no suspenderán la votación, proclamación o toma de posesión, salvo que, por causas excepcionales, se acuerde en resolución motivada.
Salamanca, 24 de octubre de 2024.
María Esther Becerro Seone
Secretaria Acctal